Capítulo Segundo
De sus Objetivos y Funciones
Art. 5º. Los propósitos del Colegio son:
a). Procurar el mejoramiento científico de sus
agremiados así como de la comunidad médica y
paramédica que desarrolla actividades de atención a
la población pediátrica fomentando la investigación
del entorno del niño y su familia, buscando mediante
patrocinios el llevar a cabo eventos
científico-culturales y el otorgamiento de becas a
socios activos a eventos que permitan la superación
profesional, tanto científica como técnica y humana.
b). Contribuir a mejorar el nivel cultural y social
de sus asociados, de sus familias y demás grupos
sociales con los que se relacione.
c). Mantener y ampliar relaciones, estableciendo
convenios de colaboración con las agrupaciones
científicas y docentes, nacionales y extranjeras,
principalmente con las dedicadas a la pediatría.
d). Gestionar y/o apoyar, ante las autoridades
correspondientes la expedición de leyes y
disposiciones en beneficio de la niñez jalisciense,
así como la creación de organismos e instituciones
pediátricas que beneficien a la niñez, tales como
Sociedades Pediátricas en Instituciones o
Interinstitucionales, etc.
f). Colaborar con los organismos dedicados a la
protección de la infancia.
g). Realizar labor social con miras a mejorar las
condiciones nutricionales, sanitarias,
educacionales, recreativas y preventivas que brinden
la oportunidad de bienestar al niño, tanto en la
escuela, como en la comunidad y en la familia.
h). Tramitar, expedir o facilitar en su caso los
Certificados de Pediatría de sus asociados a nivel
nacional o estatal, participando según lo determinen
las disposiciones correspondientes, así como también
el trámite de la Cédula Estatal y Federal en
Pediatría.
i). Cubrir las atribuciones que como Colegio de
Pediatría, señala la Ley para el ejercicio de las
profesiones en el Estado de Jalisco. Como son el
Servicio Social Profesional previa aceptación por
escrito de cada uno de sus miembros del número de
consultas médicas o intervenciones quirúrgicas que
estarían dispuestos a efectuar mensualmente y cuya
coordinación recaerá en quien designe la Secretaría
de Salud del Estado de Jalisco y la Dirección
General de Profesiones del Estado
j).- Avalar los congresos, cursos, reuniones y
eventos científicos que le soliciten tanto a nivel
estatal como nacional siempre y cuando cubran los
requisitos que nos marca la Confederación Nacional
de Pediatría, con un 50% de ponentes que sean socios
activos, colocando en el reverso de cada constancia
un sello en donde se indique; las horas crédito,
número de folio, hoja y libro de registro
correspondiente con la firma del Secretario del
Colegio. En los casos en que además del aval
requieran la participación activa del Colegio, si se
cobra cuota de recuperación, el 50% de las ganancias
serán para el Colegio, mismas que serán destinadas
para becar o capacitar a los socios activos.
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