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COLEGIO DE PEDIATRÍA DE JALISCO A.C.

ESTATUTOS AÑO 2007

Capítulo Segundo
De sus Objetivos y Funciones


Art. 5º. Los propósitos del Colegio son:

a). Procurar el mejoramiento científico de sus agremiados así como de la comunidad médica y paramédica que desarrolla actividades de atención a la población pediátrica fomentando la investigación del entorno del niño y su familia, buscando mediante patrocinios el llevar a cabo eventos científico-culturales y el otorgamiento de becas a socios activos a eventos que permitan la superación profesional, tanto científica como técnica y humana.


b). Contribuir a mejorar el nivel cultural y social de sus asociados, de sus familias y demás grupos sociales con los que se relacione.


c). Mantener y ampliar relaciones, estableciendo convenios de colaboración con las agrupaciones científicas y docentes, nacionales y extranjeras, principalmente con las dedicadas a la pediatría.


d). Gestionar y/o apoyar, ante las autoridades correspondientes la expedición de leyes y disposiciones en beneficio de la niñez jalisciense, así como la creación de organismos e instituciones pediátricas que beneficien a la niñez, tales como Sociedades Pediátricas en Instituciones o Interinstitucionales, etc.


f). Colaborar con los organismos dedicados a la protección de la infancia.


g). Realizar labor social con miras a mejorar las condiciones nutricionales, sanitarias, educacionales, recreativas y preventivas que brinden la oportunidad de bienestar al niño, tanto en la escuela, como en la comunidad y en la familia.


h). Tramitar, expedir o facilitar en su caso los Certificados de Pediatría de sus asociados a nivel nacional o estatal, participando según lo determinen las disposiciones correspondientes, así como también el trámite de la Cédula Estatal y Federal en Pediatría.


i). Cubrir las atribuciones que como Colegio de Pediatría, señala la Ley para el ejercicio de las profesiones en el Estado de Jalisco. Como son el Servicio Social Profesional previa aceptación por escrito de cada uno de sus miembros del número de consultas médicas o intervenciones quirúrgicas que estarían dispuestos a efectuar mensualmente y cuya coordinación recaerá en quien designe la Secretaría de Salud del Estado de Jalisco y la Dirección General de Profesiones del Estado


j).- Avalar los congresos, cursos, reuniones y eventos científicos que le soliciten tanto a nivel estatal como nacional siempre y cuando cubran los requisitos que nos marca la Confederación Nacional de Pediatría, con un 50% de ponentes que sean socios activos, colocando en el reverso de cada constancia un sello en donde se indique; las horas crédito, número de folio, hoja y libro de registro correspondiente con la firma del Secretario del Colegio. En los casos en que además del aval requieran la participación activa del Colegio, si se cobra cuota de recuperación, el 50% de las ganancias serán para el Colegio, mismas que serán destinadas para becar o capacitar a los socios activos.
 

 

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